REGLAMENTO: OCRG
ART: 130 APT: W OPC: -
PTOS: - SANC: 0.00 REDC: 0.00
HECHO: El incumplimiento de las condiciones de limpieza de los espacios públicos sujetos a concesión establecidas en el Artículo 98.3 de estas Ordenanzas. 98.3.- Los concesionarios de vados y los titulares de talleres y garajes vendrán obligados a mantener limpios los accesos a los mismos, especialmente en lo relativo a grasas desprendidas de los vehículos.
NOTA:
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