REGLAMENTO: RGCIR
ART: 72 APT: 1 OPC: 5B
PTOS: 4 SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Incorporarse a la circulación el conductor de un vehículo no cediendo el paso a otros vehículos, con peligro para los demás usuarios (precisar el riesgo creado y los usuarios afectados).
NOTA:
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