REGLAMENTO: RGCIR
ART: 80 APT: 4 OPC: 5A
PTOS: 6 SANC: 500.00 REDC: 250.00
HECHO: Circular en sentido contrario al estipulado haciéndolo marcha atrás en un tramo largo de la vía (aplicable sólo a recorridos extensos que excedan de la maniobra normal de marcha atrás. Deberá precisarse el recorrido efectuado).
NOTA:
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