REGLAMENTO: RGCIR
ART: 5 APT: 5 OPC: 5A
PTOS: 0 SANC: 80.00 REDC: 40.00
HECHO: Detener, parar o estacionar los vehículos destinados a los servicios de urgencia, asistencia mecánica o de conservación de carreteras en lugar distinto del fijado por los agentes de la autoridad responsables del tráfico.
NOTA:
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